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En el momento en el que se decretó el estado de alarma, los padres divorciados de hijos en común se encontraron con una situación excepcional no regulada en los regímenes de visitas o sentencias de custodia.

En un primer momento se extendió la creencia de que el menor debía pasar todo el confinamiento con el progenitor en el que estuviera en el momento de la entrada en vigor del estado de alerta, pero esto no es del todo así. De hecho, la articulación de las visitas y los períodos de tutela han recaído sobre el sentido común y la decisión de los jueces de Familia.

Dado que muchos padres no sabían cómo afrontar estas situaciones, y teniendo en cuenta la falta de acuerdo que se produce en muchos casos, los jueces de Familia del partido judicial de Sevilla han arrojado luz a esta cuestión alcanzado y publicando un acuerdo. Dicho acuerdo recoge las directrices del Real Decreto 463/2020 y el informe que el Consejo General del Poder Judicial ha publicado.

No quedan eliminados el derecho de visitas y custodia de los hijos durante la alerta sanitaria

Entienden los magistrados que durante este período excepcional se pueden producir incumplimientos como consecuencia de la situación que atravesamos y afirman que estos no se tendrán en cuenta. Pero que no se elimina el derecho de visitas y custodia de los hijos. Entendiendo que el desplazamiento en estos casos queda recogido entre los supuestos de casos de asistencia a personas dependientes.

Se desprende del acuerdo de los magistrados, por tanto, que las medidas acordadas se pueden seguir llevando a cabo, haciendo prevalecer siempre la seguridad de los menores y desde un profundo sentido de la responsabilidad. Y reduciendo, en la medida de lo posible, los intercambios del menor para minimizar los riesgos.

Los padres y madres podrán solicitar recuperar el tiempo que no han disfrutado de sus hijos

Los magistrados también contemplan que, finalizado el período de confinamiento, los padres que hayan perdido días de disfrute de sus hijos podrán solicitar recuperar ese tiempo. E incluso solicitar una modificación del régimen establecido, en los casos en que se hubieran producidos malas prácticas por parte del otro progenitor.

Para más aclaración sobre la cuestión de las custodias y visitas de menores durante la alerta sanitaria por COVID-19 puede consultarse íntegro el texto del acuerdo de los magistrados de Familia de Sevilla. Queda igualmente a vuestra disposición nuestra área de Derecho de familia para resolver y asesorar en estos asuntos.

FEDER

PAJUELO, FDEZ. VILLA Y ASOCIADOS, S.L. ha recibido una ayuda de la Unión Europea con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, financiada como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19 (REACT-UE), para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad a pymes y autónomos especialmente afectados por el incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

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