Derecho de sucesiones
Derecho de sucesiones
Esta rama del Derecho también forma parte del más extenso Derecho civil. En ella es crucial recibir un adecuado asesoramiento al otorgar testamento, conociendo los límites que impone la ley (legítima en favor de determinados familiares), y como poder eludir estos límites, bien sea desheredando al familiar que tenga derecho a su herencia, bien sea declarándolo indigno o incapaz para sucederle, siempre que haya causa para ello.
También se pueden incluir en el testamento determinados controles para salvaguardar la administración de los bienes de la herencia, bien sea nombrando un administrador de bienes (muy útil cuando el heredero es menor de edad y se quiere excluir a sus progenitores del control de los bienes que se les deja en herencia) o un albacea.
Y se pueden evitar las posteriores disputas entre los herederos realizando una partición de la herencia en el mismo testamento, sea nombrando un contador-partidor que la haga por el testador.
Si el testamento ya se otorgó, también les asesoramos en la elaboración del cuaderno particional, previendo el destino que vaya a dársele a los bienes de la herencia con la finalidad de disminuir los impuestos que haya que pagar en el futuro.
Y si el difunto no otorgó testamento, nuestro asesoramiento se encamina entonces al otorgamiento de la declaración de herederos abintestato, que viene a suplir esa ausencia de testamento.