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El pasado 2 de enero entraron en vigor las nuevas normas de tráfico incluidas en el paquete de reformas de la Ley de Tráfico. Estas medidas fueron aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado mes de noviembre y han sido puestas en marcha por la DGT a comienzos de año.

El paquete de medidas supone una reforma del Reglamento General de Circulación, Vehículos y Conductores, con el objetivo final de aumentar la seguridad vial y reducir en un 50% los fallecidos y heridos graves por accidentes de tráfico en los próximos diez años.

Las nuevas normas de tráfico que han entrado en vigor afectan a diferentes ámbitos de la movilidad y circulación, desde infracciones graves durante la conducción hasta los fraudes para la obtención del carné de conducir.

A continuación, se muestran las nuevas normas de tráfico que ya están en vigor en todo el territorio nacional.

Modificaciones en la Ley de Tráfico

Para alcanzar las metas propuestas sobre un nuevo modelo de seguridad vial, ha sido necesario una modificación en el Reglamento General de Circulación, Vehículos y Conductores. Estos cambios hacen más estricta la Ley de Tráfico vigente en España.

Encontramos cambios en la velocidad permitida, mayores penalizaciones por delitos o faltas cometidos, incluso adaptación de la ley para regular los nuevos vehículos de movilidad personal.

En primer lugar, para disminuir los accidentes, las nuevas normas de tráfico apuntan a la reducción de la velocidad máxima permitida. En aquellas vías con plataforma única de calzada y acera la velocidad máxima permitida pasa a ser 20 km por hora. Asimismo, en aquellas vías de único carril por sentido el máximo se reduce a 30 km/h.

Otra medida que afecta a la velocidad permitida se centra en los adelantamientos. Hasta ahora, estaba permitido superar el límite de velocidad en 20 km para adelantar. Sin embargo, con las nuevas normas de tráfico, esto queda prohibido. Los adelantamientos deben hacerse como máximo a la velocidad permitida en ese tramo de vía.

La recuperación de puntos también se ha visto afectada por las nuevas normas de tráfico. Desde el 2 de enero, existe la posibilidad de recuperar dos puntos del carné de conducir mediante la realización de cursos certificados por la DGT.

Con la nueva reforma, la Ley de Tráfico se ha esclarecido en cuanto a los vehículos de movilidad personal; los famosos patinetes eléctricos entre otros. Hasta ahora la ley no dejaba claro cómo debían circular este tipo de dispositivos. Pero ahora se ha establecido que deben cumplir las normas de circulación, por lo que no se podrán utilizar en aceras, zonas peatonales vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías.

Nuevas normas de tráfico con infracciones

La reforma del Reglamento también incluye algunas medidas más estrictas, las cuales implican pérdidas de puntos o sanciones. Estas afectan a conductas tipificadas como infracciones graves o delitos y son las siguientes:

1. No utilizar el cinturón de seguridad supone, ahora, una pérdida de 4 puntos del carné. Anteriormente esta infracción suponía una pérdida de tres puntos. Con la nueva reforma de la Ley de Tráfico, se ha incrementado en un punto la sanción.

2. Pérdida de 6 puntos por utilizar o sujetar el móvil. Otra acción muy penalizada durante la conducción es el uso de dispositivos móviles. Estas acciones suelen, en la mayoría de los casos, distraer al conductor y son motivos de accidentes. Por esta razón las autoridades han aumentado su penalización de 3 a 6 puntos perdidos.

3. Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares es una infracción grave. Hasta ahora, el simple hecho de tener uno de estos mecanismos en el coche no implicaba cometer una infracción ni estaba penalizado. Solo se penalizaba el uso de los mismos. Sin embargo, desde principios de año, basta con llevar un dispositivo de detección de radares para estar cometiendo una infracción grave. La penalización es la pérdida de 3 puntos del carné y 500€ de multa.

4. Una última norma con penalizaciones considerables hace referencia a la realización del examen para la obtención del carné. Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados es un fraude en el examen y está considerado como infracción muy grave. Para reducir estas acciones, las nuevas normas de tráfico recogen que este hecho está implica una multa de 500€ y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.

Volvemos a recordar que estas nuevas normas de tráfico ya entraron en vigor el pasado 3 de enero de 2021. Desde esa fecha son de obligado cumplimiento y las autoridades correspondiente pueden penalizar a aquellos conductores que no las respeten.

FEDER

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