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La campaña de la Declaración de la Renta se aproxima y no queremos que se te escape ningún detalle. Será el próximo 1 de abril de 2020 cuando dé comienzo la declaración del último ejercicio fiscal, con novedades importantes en el IRPF. Sigue leyendo para no perderte ninguna de ellas.

Novedades en el IRPF para 2020 (declaración 2019)

Lo que sí entrará ya en vigor es el cambio en la tributación de los premios como la lotería. Estarán exentos de ser declarados los premios cuyo importe sea igual o inferior a 20.000€. Y para el año que viene, también lo estarán aquellos premios menores a 40.000€.

Novedades ya impuestas en el ejercicio anterior

La pasada campaña trajo consigo varias novedades destacables. En este ejercicio se mantendrá la cantidad mínima exenta de declarar, que ahora es de 14.000€ y no de 12.000€ como hasta 2018. De igual manera, tampoco tienen obligatoriedad de ser declaradas, siempre y cuando no superen el límite conjunto de mil euros, las:

  •  Ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.
  • Rentas inmobiliarias imputadas.
  • Rendimientos de las letras del tesoro.
  • Subvenciones para adquisición de vivienda de protección oficial o de precio tasado.

Por otro lado, también se mantendrá la reducción en los rendimientos del trabajo. Esta reducción llegará hasta los 5.565€ para aquellos contribuyentes que hayan obtenido rendimientos del trabajo inferiores a 13.115 euros.

Las prestaciones y deducciones por maternidad y por familia numerosa se mantienen con respecto al ejercicio pasado. En el caso de las prestaciones, se encuentran exentas de tributar. Las deducciones por maternidad se incrementaron en 1.000€ adicionales cuando el hijo o la hija sea menor de 3 años y haya habido gastos de custodia en guarderías o centros similares.

Contribuyentes con ingresos más elevados

Son sobre todo aquellos declarantes con una renta superior a 150.000€ quienes pueden ahorrar si sacan partido a los cambios que introdujo la última reforma fiscal.

Algunos consejos para reducir al máximo la factura fiscal son aprovechar un plan de pensiones, deducir por compra de vivienda o reinvirtiendo el importe de una venta de vivienda en otra nueva. Pero no son los únicos. Si trabajas desde el extranjero, es posible eximir hasta 60.100€, siempre y cuando el país no esté calificado como paraíso fiscal. La solidaridad es otro de los factores a tener en cuenta, pues el contribuyente puede desgravarse un 75% de los primeros 150€ donados y un 30% del resto de sus aportaciones. Así mismo, las cuotas de afiliación a partidos políticos pueden reportar beneficios adicionales.

Para una revisión de tus posibles deducciones, lo mejor es acudir a profesionales del derecho fiscal que puedan realizar un asesoramiento completo y de garantías.

Calendario para presentar la Declaración de la Renta de 2019

La declaración del ejercicio fiscal 2019 consta de las siguientes fechas clave:

  • En marzo de 2020 ya podrás solicitar tu número de referencia.
  • El 1 de abril comienza la declaración de la renta y podrás presentar tu borrador.
  • El inicio de las citas previas y de la atención presencial en oficinas tendrá lugar en mayo.
  • En junio concluye el plazo máximo para aquellos borradores con resultado a ingresar con domiciliación.
  • Por último, en julio finaliza la Declaración de la Renta 2019.

Recuerda que en Pajuelo, Fdez. Díaz y Asociados somos especialistas en derecho fiscal. Por ello podemos asesorarte, ya seas empresa o particular, en todo lo relacionado con la declaración de la renta y pago de impuestos.

FEDER

PAJUELO, FDEZ. VILLA Y ASOCIADOS, S.L. ha recibido una ayuda de la Unión Europea con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, financiada como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19 (REACT-UE), para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad a pymes y autónomos especialmente afectados por el incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

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