El pasado miércoles 6 de abril arrancó la campaña para realizar la Declaración de la Renta 2022, correspondiente al ejercicio económico del año pasado. Frente a la renta de 2021 (asociada a 2020), este año encontramos bastantes diferencias y novedades que tener en cuenta, por lo que te vamos a contar cuáles son los cambios que no debes pasar por alto.
Índice del artículo
Novedades Declaración de la Renta 2022:
Pese a que no existan cambios tan significativos respecto a otros años, sí que existen factores bastante particulares, provocados por situaciones especiales que se han dado en estos últimos meses.
-
Desgravaciones en los planes de pensiones
En el caso de ser un particular privado, se ha establecido un límite de aportación máxima (2.000 euros) frente a los 8.000 euros del año pasado. En cambio, los correspondientes a empresas suben a un máximo de 8.000 euros, con una posible suma de 2.000 euros por parte del trabajador.
-
Deducciones en cuestiones energéticas
Se deduce un 20% de obras que ayuden a la reducción de demanda de calefacción y refrigeración. Estas no deben superar un presupuesto de 5.000 euros. Lo mismo ocurre con obras de rehabilitación energética (de hasta 5.000 euros, un 60%) y de mejora para reducir el consumo de energía primaria no renovable (de hasta 7.500€, un 40%). Estas medidas se aplicarán hasta finales de 2022, 2023 y 2022 respectivamente.
-
Consecuencias del volcán de La Palma
Los afectados de la catástrofe natural del volcán del pasado mes de septiembre están exentos de tributar todas las ayudas destinadas a daños personales.
-
Constancia de criptomonedas
Sin duda la gran novedad de este año (y un tema que ha dado mucho que hablar) es la obligación de informar sobre la posesión de criptomonedas y de las acciones realizadas con las mismas. Los efectos se aplican a partir del 11 de julio de 2021, con el fin de prevenir fraudes fiscales, como se indica en la Ley 11/2021.
Algunas fechas a recordar
Ya puedes enviar tu Declaración de la Renta 2022 por internet a través de su portal oficial o mediante su aplicación, disponible en iOS y Android. Te indicamos a modo de resumen todas las fechas clave:
- Por internet: ya puede realizarse de forma telemática, con fecha límite para el 30 de junio. En caso de que resulte en domiciliación en cuenta, este acaba el 27 de junio.
- Telefónicas: la cita previa puede solicitarse el 3 de mayo, con el arranque el 5 del mismo mes. El 29 de junio es el último día para solicitar cita, con finalización el 30 de junio.
- En persona: el 26 de mayo se abren las peticiones de cita y el 1 de junio empieza el plazo. Igual que por teléfono, el 29 de junio es el día final para cita previa, con todo finalizando el 30 de junio.
Si con todas estas indicaciones sigues teniendo dudas, en Pajuelo, Fdez. Díaz y Asociados somos expertos en derecho fiscal. Si necesitas asesoramiento con cuestiones de impuestos o la propia declaración de la renta, no dudes en consultarnos, estamos aquí para ayudarte.