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En materia de conciliación laboral, la ley busca ofrecer las mejores oportunidades al trabajador para que pueda ajustar el horario o las tareas a realizar en función de las responsabilidades que pueda tener en el hogar. En ocasiones, las empresas no cumplen con los derechos de conciliación y se pueden llegar a tomar ciertas medidas como puede ser el despido del trabajador.

Por ello, lo mejor es contar con la asesoría de un abogado con experiencia en conciliación en Sevilla. Su labor será ayudarte a presentar la papeleta de conciliación, hacer cumplir los derechos correspondientes y, llegado el caso, obtener la indemnización del trabajador una vez obtenida la conclusión de la conciliación.

 

Qué es un acto de conciliación laboral

Antes de conocer más en profundidad el proceso, debemos tener en cuenta qué es un acto de conciliación laboral. Se trata de un procedimiento administrativo mediante el cual, la empresa y el trabajador buscan un acuerdo antes de iniciar un proceso judicial tras el despido del empleado. El objetivo es que ambas partes implicadas estén conformes con las condiciones del despido.

Dentro de la vida laboral, podemos encontrar dos situaciones comunes que pueden derivar en la necesidad de un acto de conciliación laboral. Esos son: un despido improcedente o la reclamación por salarios debidos.

En ambas situaciones, el trabajador deberá presentar un documento denominado “papeleta de conciliación”. Este documento tiene como objetivo el acuerdo de las partes implicadas en el acto de conciliación, paso previo a la vía judicial. Que posteriormente se deberá presentar en la institución pertinente: el CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación), en el caso de Sevilla.

 

Plazos del acto de la conciliación laboral

Según los dos tipos de situaciones mencionadas anteriormente que se pueden dar para llegar a realizar un acto de conciliación, los plazos presentarán una variación.

  • Desacuerdo con el finiquito

Se lleva a cabo un acto de conciliación laboral en caso de que el trabajador esté en desacuerdo con el finiquito, porque considere el despido improcedente. Una vez recibida la carta de despido, el trabajador dispone de 20 días hábiles para entregar la papeleta de conciliación.

Al realizar la presentación de este documento en el CMAC, el plazo se detiene. Si no se llega a un acuerdo entre las partes, será necesario acudir a la vía judicial y presentar una demanda.

  • Disconformidad con el salario

En caso de disconformidad con el salario o el reconocimiento de un derecho concreto, el plazo varía y se prolonga hasta un año.

El acto de conciliación laboral en este caso se puede utilizar para registrar un acuerdo específico con la empresa como puede ser un periodo concreto de tiempo, un cambio de horario, etc.

 

Acuerdos o posibles conclusiones de la conciliación

A la hora de concluir un acto de conciliación, encontramos cuatro posibles situaciones:

  • Cierre del acto con avenencia de ambas partes

Esta situación se da cuando el trabajador y la empresa llegan a un acuerdo referente a la reclamación.

  • Cierre del acto sin avenencia de las partes

El caso contrario lo encontramos al no haber llegado a ningún acuerdo por parte de ambas partes. Se procederá a la vía judicial en la que el trabajador deberá presentar una demanda. El plazo que se tiene en este caso para su presentación es de 20 días hábiles menos los utilizados para la presentación de la papeleta de conciliación.

  • Cierre del acto tras haber sido intentando sin efecto

Si la empresa no se presenta en el acto de conciliación, pero sí el trabajador o su abogado representante, se hará constar en el acta del mismo.

  • Archivo

En este supuesto, ni el trabajador ni su representante legal se han presentado en el acto de conciliación. La papeleta será archivada y el trabajador deberá presentar una nueva siempre y cuando se encuentre en plazo.

 

Una de las especialidades de Pajuelo Fdez. Villa y Asociados es el asesoramiento integral a empresas. Si necesita cualquier información sobre el proceso del acto de conciliación laboral u otra consulta en derecho laboral, no dude en contactar con nosotros.

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