In Derecho civil

Es bastante habitual que ocurra un siniestro leve con el choque de dos vehículos en carretera. No es algo para nada agradable, pero tras comprobar que estamos bien y no hemos sufrido ninguna lesión, es momento de realizar con el otro conductor el coloquialmente llamado parte amistoso. Este se redacta mediante un ejemplar de declaración amistosa de accidentes, que probablemente haya recibido con el contrato de su póliza de seguros. No siempre es indispensable rellenarlo, pues es posible que la intervención de los cuerpos y fuerzas de seguridad proceda a la cumplimentación de un atestado de tráfico, pero si no se da el caso es importante que sepamos rellenarlo.

En este artículo te indicamos cómo hacerlo junto al proceso a efectuar tras la redacción del mismo.

Parte amistoso: puntos clave a tener en cuenta

Información clara

Es vital utilizar letra mayúscula y fácilmente entendible para que no existan complicaciones en la lectura. En la primera sección se indica hora, fecha y lugar del accidente, así como posibles víctimas o daños materiales de los vehículos. Evita errores y faltas de ortografía.

No olvide incluir cada detalle

En las siguientes secciones del documento deberás incluir datos personales y de contacto, incluyendo número de póliza, correduría de seguros, aseguradora… Además, tendrás que realizar un croquis del accidente, indicando los daños a simple vista y las circunstancias que provocaron el accidente. Rellenar todo lo posible en ese momento es fundamental para evitar problemas a posteriori.

Copias

Ambos damnificados deberán recibir una copia del documento, con su correspondiente firma. Esta atestigua la veracidad de los hechos, por lo que una vez realizada no existe un posible cambio de los apartados rellenados. Estamos obligados a cumplir con lo establecido.

El proceso posterior al parte amistoso

Con el aviso a cada aseguradora en un plazo de siete días después del accidente, se inician los trámites para establecer los costes de reparación de los vehículos. A esto se añade también el establecimiento de un culpable.

Si no es culpable no tendrá ningún gasto, y correspondería a la parte culpable el pago por las reparaciones, lesiones en el accidente, etc…

Por el contrario, si te han declarado culpable, tu aseguradora será la encargada de asumir el coste económico del accidente para ambos vehículos si es a todo riesgo. La situación cambia si la póliza es de terceros, pues la parte culpable deberá asumir sus gastos.

Finalmente, puede darse la situación en la que no haya un culpable claro. En este caso, ambas aseguradoras cubrirían la parte de sus clientes.

Confía en expertos en derecho civil

En Pajuelo, Fdez. Villa y Asociados somos expertos en la rama de derecho civil, nuestra amplia experiencia en el sector nos avala. No dudes en contactar con nosotros si tienes alguna consulta.

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